Estado Mayor/24 noviembre 2021
Jorge Alejandro Medellín
Los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidieron llevar al pleno del máximo tribunal el análisis y discusión final para determinar si es constitucional mantener a las tropas del Ejército y la Marina en las calles del país en funciones de seguridad pública hasta el 2024 o si deben regresar a sus cuarteles.
La decisión se basó en la relevancia del tema que estaba programado para revisarse este miércoles en la Primer Sala y no en el pleno de la corte. Los ministros enviaron la controversia constitucional 90/2020 con la que se impugnó el Acuerdo Presidencial emitido el 11 de mayo del año pasado, en el que se determinó mantener a las tropas del Ejército y la Marina en las calles asumiendo funciones de apoyo a la seguridad pública de manera extraordinaria, coordinada y subordinada a la autoridad civil, lo cual no ha sucedido.
Documentos del gobierno federal e investigaciones periodísticas de medios nacionales y extranjeros han revelado que el despliegue de más de 320 mil militares de tierra, aire y mar se ha hecho a partir de un esquema y una estrategia castrense en la que los cuerpos policiacos han jugado un papel complementario.
Además, se ha demostrado que las operaciones de la Guardia Nacional no han sido autónomas, sino que ha sido la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) la encargada de coordinarlas en zonas conflictivas del país por lo menos desde octubre de 2020.
El Acuerdo Presidencial de mayo de 2020 fue atacado de inmediato por diversas organizaciones civiles y por gobiernos municipales ya que el texto establece que los militares Apoyarán las labores de seguridad pública hasta marzo de 2024, cuando la Guardia Nacional haya alcanzado suficiente madurez, cobertura y capacidad operativa para enfrentar el reto del combate a la inseguridad.
La organización Seguridad sin guerra advirtió sobre los peligros del documento, al que denominó Acuerdo Militarista, señalando que éste autoriza al Ejército y Marina para realizar detenciones, incautar bienes y preservar el lugar de hechos delictivos en todo el país.
El acuerdo no provee una regulación clara para ello, y deja la fiscalización a los órganos internos de estas instituciones (es decir, a una instancia militar y no sujeta a leyes de transparencia). Tampoco se establecen objetivos y abiertamente se omite imponer la subordinación de las Fuerzas Armadas a la autoridad civil para realizar tareas de seguridad pública. Lo que la Constitución exige —que el uso de las FFAA en estas tareas sea extraordinario, regulado, fiscalizado, subordinado y complementario— solo está en el título del Acuerdo presidencial, señalaba la organización civil.
La controversia constitucional 90/2020 fue presentada el 20 de junio de 2020 por la entonces presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, la legisladora panista Laura Rojas.
Aunque no existe una fecha o plazo para que el pleno los de los 11 ministros de la SCJN se pronuncie al respecto, se espera que la sesión definitiva se dé a principios de 2022.
@JorgeMedellin95