Piden víctimas revisar el fallo a Caro

México, 31 de agosto (Reforma).- Los deudos de las víctimas del capo Rafael Caro Quintero solicitaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisar el fallo que dejó en libertad al narcotraficante sinaloense, el pasado 9 de agosto.

El Primer Tribunal Colegiado Penal de Jalisco envió ayer a la Corte los escritos originales de los terceros perjudicados, para que determine si debe o no ser revocada la sentencia absolutoria que significó para Caro terminar con 28 años de reclusión.

“Se remiten autos originales del presente juicio de amparo a la SCJN, el CD con la resolución y escrito de expresión de agravios de quienes se ostentan como terceros perjudicados y se forma cuaderno de antecedentes”, dice el acuerdo publicado por el tribunal en sus notificaciones por listas.

La PGR impugnó el pasado 23 de agosto el fallo del Primer Tribunal Colegiado Penal de Jalisco, mediante el cual absolvió a Caro Quintero de delitos de narcotráfico y resolvió que el fuero federal era incompetente para juzgarlo por el crimen del agente de la DEA Enrique Camarena y el piloto Alfredo Zavala.

Aunque con algunos matices, también aplicó el mismo argumento para el caso de los homicidios de los ciudadanos estadounidenses Albert G. Radelat y John Clay Walker, a quienes el narcotraficante habría confundido con agentes de la DEA.

Cuando la PGR dio a conocer su apelación no informó que hubiese un recurso similar de terceros perjudicados, en este caso de los deudos de las víctimas.

En la nueva Ley de Amparo, vigente desde el 3 de abril pasado, se concede a los terceros interesados el derecho a impugnar las resoluciones de los tribunales.

Sin embargo, es probable que en este caso los deudos se topen con un criterio judicial que consiste en aplicar la antigua Ley de Amparo a los expedientes que iniciaron antes del 2 de abril pasado, ya que el amparo de Caro que impugnaron fue contra una sentencia de 2009.

En la anterior norma, los terceros perjudicados no tenían derecho a impugnar las resoluciones.

El año pasado, la SCJN rechazó la solicitud de atracción del amparo del narcotraficante, para que definiera precisamente el fuero en el que debía ser juzgado. La responsabilidad la delegó en el tribunal de Jalisco que a la postre decidió la libertad de Caro.

Por el fallo judicial, la PGR ha iniciado una averiguación previa contra funcionarios del Poder Judicial de la Federación, ya que el sinaloense abandonó el Penal Estatal de Jalisco a las 2:00 horas del 9 de agosto y la PGR fue notificada de la libertad 8 horas más tarde.

Por ello, la dependencia encabezada por Jesús Murillo Karam no tuvo capacidad de reacción para avisar a la Embajada de Estados Unidos y acelerar la solicitud de orden de detención provisional con fines de extradición, la cual fue pedida un día después de que el narcotraficante quedara libre.

Abel Barajas

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