México, 16 de agosto (Reforma).- Estados Unidos pidió la detención con fines de extradición de Rafael Caro Quintero por 8 cargos penales, uno de ellos por el homicidio del agente de la DEA Enrique Camarena, delito que puede ser castigado hasta con la pena de muerte.
Desde el sábado, un día después de la libertad del capo, el Procurador General de la República, Jesús Murillo Karam solicitó al Juez Sexto de Distrito en Procesos Penales del DF, Alejandro Caballero Vértiz, la orden de detención provisional con fines de extradición, la cual fue girada.
De acuerdo con funcionarios de la PGR, el juzgador ordenó asegurar todo objeto o documento de valor que sirva de evidencia contra Caro, o que se encuentre vinculado con los delitos por los cuales es reclamado por la Corte Federal del Distrito Central de California, en Los Ángeles.
Aunque en el juicio CR87-422 (G)-ER de la corte estadounidense le imputan al menos 39 cargos al sinaloense, el Departamento de Justicia tramitó la detención con fines de extradición sólo por 8 delitos, 3 de ellos vinculados con el crimen de Camarena en 1985.
La información proporcionada establece que el juez libró la orden de detención por 4 cargos de comisión de delitos violentos para asistir a la delincuencia organizada y uno de asociación delictuosa para cometer delitos violentos a fin de asistir a la delincuencia organizada.
Al mismo tiempo, también la instruyó por un cargo de asociación delictuosa para secuestrar un agente federal, el secuestro de un agente federal y el homicidio grave de un agente federal. Dichos ilícitos son los únicos que fueron presentados a México por la Embajada de Estados Unidos.
Para que Estados Unidos pueda llevar con éxito el eventual juicio de extradición del narcotraficante, debe garantizar con una carta-compromiso que no aplicará la pena de muerte, castigo que está considerado para los homicidios en el Código Federal de la Unión Americana.
En la década pasada, la PGR perdió varios procesos de extradición contra grandes capos acusados de delitos que en la Unión Americana merecían la pena de muerte o la cadena perpetua, porque dichos castigos están prohibidos por la Constitución mexicana.
A partir del 2005, la Suprema Corte de Justicia dejó de considerar como una pena inusitada a la cadena perpetua.
Estados Unidos, además, replanteó su estrategia para llevarse a los extraditables, pues trató de evitar solicitarlos por delitos que merecían pena de muerte y, cuando no tenía otra opción, presentó cartas compromiso, garantizando que no aplicaría dicho castigo.
Con Caro ha optado por pedirlo por homicidio y es muy probable que cuando formalice el pedido de extradición, Estados Unidos envíe el compromiso de no aplicar la pena capital.
La orden de detención provisional con fines de extradición contra Caro, deriva de una orden de captura girada el 13 de mayo de 1987 en la Corte californiana, la cual lo identifica como un hombre nacido 24 de octubre de 1952.
En esta orden se pidió capturarlo también bajo los alias de Manuel Caro Quintero, Carlos Caro Quintero, Rafael Quintero Páez, Rafael Caro Páez, Rafael Caro Payán, Manuel Escalante Sánchez, Pedro Santos Escamilla, Rafael Reynosa y Pedro Santoscoy Escamilla.
También con los motes de Rafael Ríos Valenzuela, Pedro Escamilla, Marco Antonio Ríos Valenzuela, Rafael Mauricio Quintero y Jorge Flores González, Mario Alberto, Rafa, Don Rafa, Rafaelillo, El Jefe, El Greñas, El Charral, Doctor y Licenciado Ríos, indica información de la PGR.
Si el capo es detenido, será ingresado en un penal federal y todo objeto o instrumento de valor que le sea asegurado por orden del juez, será puesto a disposición del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes.
Abel Barajas

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