Piden criterios de examen de confianza

México, 28 de julio (Reforma).- La Procuraduría General de la República (PGR) deberá entregar la versión íntegra de los lineamientos en los que se establecen los criterios de evaluación de control de confianza para el personal de las instituciones de seguridad pública.

Así lo instruyó el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) luego que una particular requirió los criterios de todos y cada uno de los exámenes de control de confianza (psicológico, poligráfico, médico, toxicológico, entorno social y situación patrimonial), de conocimientos generales y de aptitudes físicas, aplicados por el Centro de Evaluación y Control de Confianza de la dependencia.

“La PGR manifestó que la solicitud constituía una consulta, ya que no se requirió documento alguno. Sin embargo, manifestó que los criterios de evaluación de cada uno de los exámenes de control de confianza, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Procuraduría, son: rasgos de comportamiento, datos relevantes de su historia personal, datos relevantes de su historia laboral, y resultado de instrumentos y pruebas aplicadas”, explicó el IFAI.

“Asimismo, indicó que por lo que hace a los exámenes de conocimientos generales y de aptitudes físicas, el Centro de Evaluación y Control de Confianza no es competente para conocer de los mismos”.

Posteriormente, la PGR reconoció la existencia de los lineamientos que establecen los criterios para los exámenes de confianza, sin embargo, los clasificó como reservados.

La comisionada María Elena Pérez-Jaén Zermeño, a cargo del recurso de revisión, determinó llamar a los funcionarios de la dependencia en audiencia, quienes reiteraron la clasificación, bajo el argumento de que dar a conocer esta información se podría vulnerar la efectividad de las estrategias que, en materia de seguridad pública, ha implementado el Estado.

“La PGR indicó que los referidos lineamientos fueron elaborados por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación, adscrito al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, organismo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, por lo que solicitó que se notificara a dicho sujeto obligado como tercero interesado, a efecto de que se manifestara sobre la reserva de los mismos”, indicó el IFAI.

De esta manera, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública puso a disposición de la particular la versión pública de los mencionados lineamientos.

En el análisis del caso, y de la lectura que hizo la comisionada Pérez-Jaén de los citados lineamientos, expuso que la normatividad que define los criterios de alto riesgo no implica información detallada ni refleja la capacidad estratégica de las instancias de seguridad nacional en el combate al crimen organizado, por lo que su conocimiento por los grupos delictivos no da información alguna respecto del proceso específico de evaluación de confianza de dichas dependencias y entidades.

“Los parámetros de dicha evaluación en concreto son información reservada, y no así la información general para llevar a cabo el proceso de evaluación de confianza, ya que no dan información detallada de cómo se aplican los exámenes, ni mucho menos los reactivos a evaluar”, apuntó.

“Dar a conocer la información solicitada no compromete de ninguna manera la seguridad pública o nacional, toda vez que dicha divulgación no causaría ningún perjuicio ni menoscabo a las actividades de inteligencia; estrategias o acciones contra la delincuencia organizada; la capacidad de las autoridades de seguridad pública para preservar y resguardar la vida o la salud de las personas; las estrategias para combatir las acciones delictivas distintas de la delincuencia organizada, ni a la capacidad de las autoridades para evitar la comisión de delitos”.

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