México, 12 de mayo (La Jornada).- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, en votación dividida, que la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coridh) que condenó al Estado mexicano por violentar los derechos de las indígenas Valentina Rosendo Cantú e Inés Fernández Ortega, quienes fueron violadas por militares en el año 2002, sólo se aplica al Poder Judicial de la Federación con fines meramente informativos y para la elaboración de un recuento de tesis y protocolos para casos de violación, tortura y en los que las víctimas sean mujeres indígenas…nota completa.
Jesús Aranda

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