Avanza en la Corte discusión de la Ley de Seguridad Interior hacia declaración de inconstitucionalidad


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México, 15 de noviembre.- El segundo día de análisis y discusión sobre la Ley de Seguridad Interior (LSI) en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) perfiló la posibilidad de un fallo en el que los ministros se inclinarían por declarar la inconstitucionalidad de la norma que avala avalaría la permanencia de las fuerzas armadas en labores de combate al crimen organizado, en un esquema de seguridad pública basado en el despliegue militar sin rendición de cuentas, sin contrapesos civiles, sin definir la temporalidad de la movilización de tropas y aclarar que cosa es exactamente la seguridad interior.

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Estos fueron los principales puntos revisados en la sesión pública del martes 13 de noviembre, en la que seis ministros se pronunciaron por declarar la inconstitucionalidad de la LSI, sin que se haya llegado aún a la etapa de votación para definir la situación de la ley impugnada.

La consideración fundamental de los ministros giró en torno al hecho concreto de que el Congreso de la Unión no tiene las facultades para legislar en materia de seguridad interior o seguridad nacional.

En la sesión los ministros coincidieron en señalar que si bien la facultad que el artículo 89, fracción VI de la Constitución Federal le otorga al Presidente de la República el poder de disponer de las Fuerzas Armadas, no habilita al Congreso para legislar en el tema de la seguridad interior y la seguridad nacional.

Sobre este punto, los ministros consideraron que no existe diferencia entre la seguridad nacional y la seguridad interior. Esto significa que la LSI solo tiene por objeto justificar la intervención permanente de las Fuerzas Armadas en la seguridad pública.

Así, los Ministros Eduardo Medina Mora, José Ramón Cossío, Zaldívar, Norma Lucía Piña, Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez Potisek se pronunciaron por la inconstitucionalidad total de la Ley de Seguridad Interior, aunque todavía no se ha llegado al momento de la votación para determinar la invalidez de la ley.

La mayoría de dichos Ministros consideraron que el Congreso de la Unión no está facultado constitucionalmente para legislar sobre el tema.

Entre otros argumentos, dicha mayoría precisó que la facultad que el artículo 89, fracción VI de la Constitución Federal otorga al Presidente de la República para disponer de las Fuerzas Armadas, no puede ser utilizada como una habilitación al Congreso.

Además, consideraron que no hay diferencia entre la seguridad nacional y la seguridad interior, por lo que la ley objeto de análisis solo tiene por objeto el justificar la intervención permanente de las Fuerzas Armadas en la seguridad pública.

Sin embargo, advirtieron que el punto fundamental de la discusión es la constitucionalidad o no de la ley a partir del hecho de quiénes fueron los que la elaboraron, es decir, el origen de la misma, más no su contenido de fondo.

Este es el hecho fundamental; la inconstitucionalidad de su origen, no sus disposiciones.

La la SCJN indicó que se continuó con el análisis de la acción de inconstitucionalidad 6/2018 y sus acumuladas 8/2018, 9/2018, 10/2018, 11/2018, 16/2018 y 21 2018, promovidas por diputados federales, senadores, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), el partido político Movimiento Ciudadano (MC), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la Defensoría de los Derechos Humanos del Estado de Querétaro (DDHQRO) y la Comisión Estatal de Derechos Humanos de del Estado de Jalisco (CEEDHJAL), todos los cuales demandaron la invalidez del Decreto por el que se aprueba la Ley de Seguridad Interior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2017.

La SCJN sesionará de nuevo el jueves para ahondar el análisis del caso y determinar si la LI es constitucional o no y si, de serlo, avalaría en definitiva la presencia y operación de las tropas de tierra, aire y mar en labores de combate al crimen organizado.

De fallar en contra, es decir, declarando que la LSI es inconstitucional, se estaría en un escenario en el que las fuerzas armadas regresarían a la brevedad a sus cuarteles, esto a menos que el nuevo gobierno y la legislatura entrante trabajen de inmediato en una nueva ley de seguridad interior. La sesión de la SCJN se reanudará el jueves 15 de noviembre.

 

Jorge Medellín

@JorgeMedellin95

Estadomayor.mx

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